viernes, 18 de febrero de 2011


VISION

Ser líderes en la generación del conocimiento
en el sector Industrial y Desarrollo Empresarial,
para los trabajadores mediante la Formación
Profesional Integral por competencias laborales
en ambientes dinámicos de aprendizaje y
alianzas estratégicas que fomenten la innovación
y la creatividad.

MISION

El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) se
encarga de cumplir la función que le corresponde
al Estado de invertir en el desarrollo social
y técnico de los trabajadores colombianos,
ofreciendo y ejecutando la Formación Profesional
Integral gratuita, para la incorporación y el
desarrollo de las personas en actividades
productivas que contribuyan al desarrollo social,
económico y tecnológico del país.

DEBERES DEL APRENDIZ SENA

ARTÍCULO 4°. Se entiende por deber, la obligación legal, social y moral que compromete a la 
persona a cumplir con determinada actuación, asumiendo con responsabilidad todos sus actos, 
para propiciar la armonía, el respeto, la integración, el bienestar común y la seguridad de las 
personas y de los bienes de la institución. 
Son deberes  del aprendiz SENA durante el proceso de ejecución de la formación, los 
siguientes:
A. De carácter Académico:
a.1. Cumplir con todas las actividades propias de su proceso de aprendizaje o del plan de 
mejoramiento, definidas durante su proceso de aprendizaje.
a.2. Participar activamente en las actividades complementarias o de profundización, 
relacionadas con el programa de formación, con el fin de gestionar su proceso de 
formación.
a.3. Dar a conocer oportunamente al instructor las solicitudes o novedades que se le 
presenten durante el proceso de aprendizaje, utilizando medios virtuales y/o físicos.
a.4. Informar sobre la consecución de contrato de aprendizaje o cualquiera de las alternativas 
para la etapa práctica, inmediatamente esto ocurra, a los responsables de apoyar este 
proceso en el Centro de Formación. 
a.5. Participar en la elaboración y ejecución del Plan de Gestión Ambiental del Centro de 
Formación, colaborando y fomentando la necesidad de clasificar y reciclar los desechos, 
conservar el medio ambiente y el equilibrio de la naturaleza, y no poner en peligro la 
supervivencia de especies vegetales o animales.
a.6. Acatar las decisiones adoptadas en forma grupal relacionadas con su proceso de 
formación.
a.7. Asumir con responsabilidad y participar en las actividades programadas como salidas, 
pasantías técnicas, intercambios de aprendices a nivel nacional e internacional, así como 
en las demás de carácter pedagógico.
a.8. Hacer uso apropiado de las herramientas tecnológicas que la Entidad pone a disposición,
para adelantar el proceso de aprendizaje.a.9. Ser responsable de gestionar los recursos de información a través de las diferentes 
fuentes de conocimiento, que garantice el logro de los resultados de aprendizaje 
establecidos en el programa de formación.
a.10. Asistir a las reuniones que programe el Centro de Formación para seguimiento a las 
actividades desarrolladas durante el período de práctica. La no asistencia a estas 
reuniones debe justificarse mediante excusa comprobable.
a.11. Respetar los derechos de autor  en los  materiales, trabajos, proyectos y demás 
documentos generados por los grupos de trabajo o compañeros, y que hayan sido 
compartidos al interior de la Plataforma. Sin embargo, con la autorización de los 
creadores se puede hacer uso de cualquier material publicado, dando el crédito a quien 
generó la idea, a la fuente que se consultó o al recurso en el que se basó la información
B. De carácter Disciplinario:
b.1 Conocer y asumir las políticas y directrices institucionales establecidas, así como el 
Reglamento del Aprendiz SENA, y convivir en comunidad de acuerdo con ellos.
b.2. Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, 
durante su proceso de formación, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y 
devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o 
cancelación de la matrícula.
b.3. Utilizar la  indumentaria y los elementos de protección personal dispuestos en los 
ambientes de aprendizaje, observando las condiciones de prevención señaladas por el 
Instructor o Tutor  y organizarlos para ser utilizados exclusivamente en el ambiente de 
aprendizaje requerido

DERECHOS DEL APRENDIZ SENA

ARTÍCULO 2°. El derecho es la facultad que tiene el Aprendiz de hacer lo establecido en las 
normas vigentes del SENA, sin exclusión por razones de género, raza, origen familiar o 
nacionalidad, lengua, religión, opinión política o filosófica. 
Son derechos del aprendiz SENA durante el proceso de formación:
A. De carácter Académico:
a.1. Recibir en el momento de su matrícula, el carné estudiantil que lo acredite como 
Aprendiz del SENA.  
a.2.  Recibir inducción al momento de ingresar al SENA, donde estén incluidos contenidos de 
gestión tecnológica, conocimiento del entorno, aporte a la productividad y competitividad, 
formulación de proyectos, la construcción de su ruta de aprendizaje, y los deberes y 
derechos que asume como Aprendiz SENA. 
a.3.  Acceso a diversas fuentes de conocimiento durante el proceso de formación: las 
tecnologías de información y comunicaciones, el entorno real o simulado en los 
ambientes de aprendizaje, el trabajo colaborativo con otros aprendices del SENA y los 
instructores.
a.4.  Recibir formación profesional, acorde con el programa en el cual se matriculó, y al 
crecimiento y desarrollo armónico de sus dimensiones humanas. 
a.5.  Hacer uso apropiado de los ambientes de aprendizaje (infraestructura, equipos, 
herramientas, recursos didácticos, técnicos, tecnológicos, bibliográficos) disponibles 
para el aprendizaje, asumiendo responsabilidad por su daño, deterioro anormal o 
utilización indebida.
a.6.  Disfrutar de los programas institucionales de bienestar al Aprendiz, durante el proceso 
de aprendizaje, conforme a la normatividad que rija este tema en el SENAa.7.  Recibir orientación académica y comportamental que estimule el desarrollo personal y 
promueva la convivencia social. 
a.8.  Ser  investigado y sancionado con observancia de las normas del debido proceso 
establecidas en este reglamento.
a.9.  Participar en el mejoramiento continuo de los Instructores a través de los procesos de 
evaluación.
a.10. Recibir la certificación que le corresponda, una vez adquiera las competencias 
establecidas en el programa de formación. 
a.11.  Ser evaluado oportunamente en su proceso de formación con base en los criterios de 
evaluación y la ruta de aprendizaje. 
a.12.  En caso de que el Aprendiz esté en desacuerdo con la evaluación de su formación 
emitida por el Instructor o tutor, podrá ejercer el derecho a revisión, siguiendo el 
procedimiento establecido en este Reglamento.
a.13. Recibir estímulos, distinciones e incentivos por su espíritu investigativo, habilidades 
académicas y deportivas, actuaciones culturales y sociales y de servicio a la comunidad.
B. De carácter Comportamental:
b.1. Recibir trato digno y respetuoso por todos los integrantes de la Comunidad Educativa.
b.2 Ser escuchado y atendido en sus peticiones, siguiendo el debido proceso.
b.3. Expresar con libertad ideas  y pensamientos, respetando el derecho a la educación, al 
trabajo, a la libertad de expresión y a la locomoción de los demás integrantes de la 
comunidad educativa, sin recurrir a la violencia, causar daños o perturbar el orden de las 
sedes del SENA, de los  procesos de formación y  del lugar en el que se adelante el 
aprendizaje. 
b.4. Usar la indumentaria y los elementos de protección personal propios del programa de 
formación profesional, para protegerse de los riesgos.

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